Cuánto paga un autónomo en 2026: cuota por tramos, ejemplos y regularización
Desde 2023 los autónomos ya no eligen libremente su base de cotización: la cuota depende de lo que ganas. En 2026 va desde unos 206 € hasta unos 607 € al mes en la base mínima de cada tramo. En esta guía verás cómo se calcula el rendimiento que marca tu tramo, la tabla completa de 2026, tres ejemplos con números y qué pasa si al final del año ganas más o menos de lo previsto.
Cómo funciona el sistema de cuotas por ingresos reales
Cada autónomo comunica a la Seguridad Social una previsión de sus rendimientos netos del año. Con esa previsión se le asigna un tramo, y cada tramo tiene una base de cotización mínima y una máxima. La cuota mensual es:
Cuota = base de cotización elegida × 31,5 %
Ese 31,5 % es el tipo de 2026 e incluye contingencias comunes y profesionales, cese de actividad, formación y el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI). Puedes cotizar por cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo: cuanto más alta, más pagas, pero también mejores prestaciones (baja, jubilación…).
Cuando Hacienda conoce tus ingresos reales, a partir de tu declaración de la renta, la Seguridad Social regulariza: te devuelve dinero o te pide la diferencia.
Cómo calcular el rendimiento neto que marca tu tramo
El tramo no se calcula sobre lo que facturas, sino sobre el rendimiento neto computable mensual:
- Ingresos anuales de tu actividad, sin IVA.
- Menos tus gastos deducibles (software, material, gestoría, alquiler del local…), sin contar la propia cuota de autónomos: la cuota no rebaja el rendimiento a efectos de cotizar.
- Menos un 7 % de deducción por gastos genéricos (un 3 % si eres autónomo societario, por ejemplo administrador de tu propia sociedad).
- Divide entre 12 el resultado.
Rendimiento neto computable mensual = (ingresos − gastos) × 0,93 ÷ 12
Esa cifra es la que buscas en la tabla de tramos.
Tabla de tramos y cuotas de 2026
Bases mensuales del Real Decreto-ley 3/2026. La cuota mínima es la base mínima × 31,5 %:
| Tramo | Rendimiento neto mensual | Base mínima | Base máxima | Cuota mínima |
|---|---|---|---|---|
| Reducida 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 718,94 € | 205,88 € |
| Reducida 2 | 670,01 – 900 € | 718,95 € | 900,00 € | 226,47 € |
| Reducida 3 | 900,01 – 1.166,69 € | 849,67 € | 1.166,70 € | 267,65 € |
| General 1 | 1.166,70 – 1.300 € | 950,98 € | 1.300,00 € | 299,56 € |
| General 2 | 1.300,01 – 1.500 € | 960,78 € | 1.500,00 € | 302,65 € |
| General 3 | 1.500,01 – 1.700 € | 960,78 € | 1.700,00 € | 302,65 € |
| General 4 | 1.700,01 – 1.850 € | 1.143,79 € | 1.850,00 € | 360,29 € |
| General 5 | 1.850,01 – 2.030 € | 1.209,15 € | 2.030,00 € | 380,88 € |
| General 6 | 2.030,01 – 2.330 € | 1.274,51 € | 2.330,00 € | 401,47 € |
| General 7 | 2.330,01 – 2.760 € | 1.356,21 € | 2.760,00 € | 427,21 € |
| General 8 | 2.760,01 – 3.190 € | 1.437,91 € | 3.190,00 € | 452,94 € |
| General 9 | 3.190,01 – 3.620 € | 1.519,61 € | 3.620,00 € | 478,68 € |
| General 10 | 3.620,01 – 4.050 € | 1.601,31 € | 4.050,00 € | 504,41 € |
| General 11 | 4.050,01 – 6.000 € | 1.732,03 € | 5.101,20 € | 545,59 € |
| General 12 | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 5.101,20 € | 607,35 € |
Cotizar por la base máxima absoluta (5.101,20 €) supondría unos 1.606,88 € al mes.
Tres ejemplos con números
| Concepto | Empezando | Consolidado | Ingresos altos |
|---|---|---|---|
| Ingresos anuales (sin IVA) | 18.000 € | 36.000 € | 60.000 € |
| Gastos deducibles (sin la cuota) | 3.000 € | 6.000 € | 8.000 € |
| Rendimiento neto | 15.000 € | 30.000 € | 52.000 € |
| Deducción del 7 % | 1.050 € | 2.100 € | 3.640 € |
| Rendimiento computable mensual | 1.162,50 € | 2.325,00 € | 4.030,00 € |
| Tramo | Reducida 3 | General 6 | General 10 |
| Cuota mínima mensual | 267,65 € | 401,47 € | 504,41 € |
| Cuota al año | 3.211,80 € | 4.817,64 € | 6.052,92 € |
Fíjate en el primer caso: con 1.162,50 € se queda a 4 céntimos del tramo General 1. Cuando estás cerca del límite de un tramo, merece la pena afinar la previsión de gastos.
La cuota es gasto deducible en el IRPF: aunque no cuenta para calcular el tramo, sí reduce el beneficio del modelo 130 y de la renta.
Tarifa plana para nuevos autónomos
Si te das de alta por primera vez (o no has sido autónomo en los dos últimos años, tres si ya disfrutaste la tarifa plana), pagas una cuota reducida de 80 € al mes durante 12 meses, más la parte correspondiente del MEI, sea cual sea tu tramo.
- Se puede prorrogar otros 12 meses si tus rendimientos netos del primer año no superan el salario mínimo interprofesional. Hay que pedirlo.
- Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % tienen una tarifa reducida durante más tiempo.
- Algunas comunidades autónomas tienen ayudas que reembolsan la tarifa plana o la amplían. Consulta las de la tuya.
Durante la tarifa plana también tienes que comunicar tu previsión de rendimientos; al terminar, empiezas a pagar la cuota de tu tramo.
La regularización: qué pasa si ganas más o menos de lo previsto
Al año siguiente, con los datos de tu declaración de la renta, la Seguridad Social compara la base por la que cotizaste con tu tramo real:
- Si tu base está por debajo de la mínima de tu tramo real, te reclama la diferencia. Tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagarla sin recargo.
- Si está por encima de la máxima de tu tramo real, te devuelve la diferencia de oficio, sin que tengas que pedirla.
- Si está entre la mínima y la máxima de tu tramo real, no hay ajuste.
Ejemplo de pago: previste el tramo Reducida 3 (base 849,67 €) y al final ganaste 2.325 € computables al mes (General 6, base mínima 1.274,51 €). Te pedirán (1.274,51 − 849,67) × 31,5 % × 12 = 1.605,90 €.
Ejemplo de devolución: cotizaste por 1.274,51 € y tu rendimiento real fue de 1.100 € al mes (Reducida 3, base máxima 1.166,70 €). Te devolverán (1.274,51 − 1.166,70) × 31,5 % × 12 = 407,52 €.
Para evitar sustos, reserva cada mes la diferencia si crees que vas a ganar más de lo comunicado, o cambia de base a tiempo.
Cómo cambiar de base o de tramo durante el año
Puedes cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año desde Importass, el portal de la Seguridad Social para autónomos. El cambio surte efecto así:
| Si lo solicitas entre… | Se aplica desde… |
|---|---|
| 1 de enero y último día de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Lo práctico es revisar tu previsión cada trimestre, cuando preparas los modelos 303 y 130: ya tienes los ingresos y gastos acumulados a mano.
Errores frecuentes
- Calcular el tramo sobre la facturación en lugar del rendimiento neto: te colocas en un tramo más alto del que te corresponde.
- Restar la cuota de autónomos como gasto al calcular el tramo: para cotizar no se descuenta.
- Quedarte en la previsión inicial aunque el negocio vaya mucho mejor: la regularización llega de golpe.
- Confundir la cuota mínima con la única opción: cotizar algo más puede compensar si te preocupa la jubilación o una baja larga.
Aviso: esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Las cifras y plazos son los vigentes a 7 de octubre de 2026; consulta siempre las fuentes oficiales enlazadas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga como mínimo un autónomo en 2026?
En el tramo más bajo (rendimientos de hasta 670 € al mes) la cuota mínima es de unos 205,88 € al mes. Los nuevos autónomos pueden pagar 80 € (más el MEI) con la tarifa plana durante el primer año.
¿La cuota de autónomos se calcula sobre lo que facturo?
No. Se calcula sobre el rendimiento neto: ingresos sin IVA menos gastos deducibles (sin contar la cuota), menos un 7 % de gastos genéricos (3 % para societarios), dividido entre 12.
¿Qué pasa si gano menos de lo que comuniqué?
Si cotizaste por encima de la base máxima de tu tramo real, la Seguridad Social te devuelve la diferencia de oficio cuando regulariza con los datos de Hacienda.
¿Puedo cotizar por más de la base mínima?
Sí, por cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo. Pagas más, pero mejoran tus prestaciones por baja, maternidad o paternidad y jubilación.
¿Dónde comunico mis rendimientos previstos?
En Importass, el portal de la Seguridad Social para autónomos, con certificado digital, Cl@ve o un código por SMS.