Guía · Autónomos y negocios

Cómo hacer una factura de autónomo correcta: requisitos y ejemplo

Actualizada el · 8 min de lectura · Por el equipo de FinanPlantillas

Una factura mal hecha puede costarte una sanción o que tu cliente no pueda deducirse el IVA. La buena noticia es que los requisitos están claros: los fija el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). En esta guía tienes la lista de datos obligatorios, cómo calcular el IVA y la retención, y un ejemplo completo.

Datos obligatorios de una factura

Según el artículo 6 del Reglamento de facturación, una factura completa debe incluir:

  1. Número y, en su caso, serie. La numeración debe ser correlativa dentro de cada serie.
  2. Fecha de expedición (y la fecha de la operación, si es distinta).
  3. Nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario.
  4. NIF del emisor y, en general, también del destinatario.
  5. Domicilio del emisor y del destinatario.
  6. Descripción de la operación (qué servicio o producto vendes).
  7. Base imponible y precio unitario sin impuestos.
  8. Tipo de IVA aplicado y la cuota de IVA resultante.
  9. Importe total.

Si la operación está exenta de IVA o tiene inversión del sujeto pasivo, la factura debe indicar el motivo (por ejemplo, el artículo de la Ley del IVA que lo justifica).

IVA y retención de IRPF: cómo se calculan

Sobre la base imponible se suma el IVA y, si corresponde, se resta la retención de IRPF:

Total a cobrar = base + IVA − retención de IRPF

  • IVA: normalmente el 21 %; algunos bienes y servicios llevan el 10 % o el 4 %.
  • Retención de IRPF: solo la aplican los profesionales (no los empresarios en general) cuando facturan a empresas u otros autónomos. El tipo general es el 15 %, o el 7 % el año de inicio de la actividad y los dos siguientes.
  • A particulares no se les aplica retención.

Ejemplo de factura

ConceptoImporte
Diseño de identidad corporativa (base imponible)1.000,00 €
IVA (21 %)+ 210,00 €
Retención IRPF (15 %)− 150,00 €
Total a pagar1.060,00 €

Fíjate en que tanto el IVA como la retención se calculan sobre la base (1.000 €), no sobre el total. El cliente ingresará los 150 € de retención a Hacienda en tu nombre, y tú los restarás en tu declaración de la renta.

Numeración, plazos y conservación

  • Numeración correlativa: sin saltos ni duplicados. Puedes usar series distintas (por ejemplo, una por año: 2026-001, 2026-002…) y una serie específica para las facturas rectificativas.
  • Cuándo emitirla: en el momento de la operación; si el cliente es empresario o profesional, como tarde antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se realizó.
  • Errores: una factura emitida no se borra ni se modifica; se corrige con una factura rectificativa.
  • Conservación: guarda las facturas emitidas y recibidas durante el plazo de prescripción fiscal (cuatro años como mínimo).

Factura simplificada (el antiguo «ticket»)

Para importes pequeños puedes emitir una factura simplificada, con menos datos (no hace falta, por ejemplo, el domicilio del cliente). Se permite, en general, cuando el importe no supera los 400 € IVA incluido, y hasta 3.000 € en algunos sectores como el comercio minorista o la hostelería. Si el cliente es una empresa y quiere deducirse el IVA, pedirá una factura completa.

Qué cambia con Verifactu y la factura electrónica

Dos normas van a cambiar cómo facturan los autónomos:

  • Verifactu: los programas de facturación tendrán que cumplir unos requisitos técnicos para evitar la manipulación de facturas. Tras el último aplazamiento (Real Decreto-ley 15/2025), es obligatorio para los autónomos desde el 1 de julio de 2027.
  • Factura electrónica entre empresas y profesionales: el Real Decreto 238/2026 la desarrolla y se aplicará de forma escalonada: primero a las empresas grandes y, más adelante, al resto de empresas y autónomos.

Si hoy facturas con una plantilla de Excel, te sirve perfectamente mientras tanto; cuando llegue la obligación tendrás que usar un programa de facturación adaptado.

Aviso: esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Las cifras y plazos son los vigentes a 6 de octubre de 2026; consulta siempre las fuentes oficiales enlazadas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer facturas en Excel o Word?

Sí, siempre que incluyan todos los datos obligatorios y la numeración sea correlativa. Cuando sea obligatorio Verifactu (julio de 2027 para autónomos) tendrás que usar un software adaptado.

¿Tengo que poner retención de IRPF en todas mis facturas?

No. Solo si eres profesional y facturas a empresas o a otros autónomos. A particulares no se aplica retención.

¿Qué hago si me equivoco en una factura ya enviada?

Emite una factura rectificativa que corrija o anule la original, con su propia numeración y referencia a la factura que rectifica.

¿Cuánto tiempo tengo que guardar las facturas?

Como mínimo durante el plazo de prescripción fiscal, cuatro años; muchas gestorías recomiendan conservarlas más tiempo.

Fuentes

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